El pasado 29 de octubre el Parlament balear aprobó la propuesta legislativa del Consell Insular de Ibiza para dotar a la administración insular de herramientas para poner techo al número máximo de vehículos que, en temporada alta, conviven en nuestra isla.
El objetivo de la medida es evitar la masificación de vehículos en la isla.
De esta manera, el Consell de Ibiza ha propuesto y sometido a audiencia pública un número máximo de 20.168 vehículos que pueden coincidir durante los meses de verano en la isla, un número que tras más de 50 alegaciones, se ajustará para lograr el máximo consenso y se aprobará por parte del Pleno de la institución así como las tasas que se deberá abonar para obtener las autorizaciones.
Nueva limitación de vehículos en Ibiza
Por todo ello, es importante saber lo siguiente:
¿Cómo me afecta esta limitación si mi vehículo tiene el domicilio fiscal en la isla de Ibiza?
Los residentes en la isla, cuyos vehículos estén registrados en cualquiera de los cinco ayuntamientos de Ibiza pueden entrar y salir de la isla con total libertad sin hacer ningún trámite ni informar a ninguna autoridad, más allá de lo que establezcan otras leyes y reglamentos.
¿Y si lo tiene en la de Formentera?
Los residentes en Formentera deberán reservar una de las plazas gratuitas fijadas en los cupos específicos para aquellos vehículos registrados en la isla de Formentera.
¿Qué pasa si tengo un inmueble en la isla de Ibiza, pero el domicilio fiscal de mi vehículo está en otro lado?
En este caso, la ley prevé que las personas que tengan una propiedad, tengan autorización para entrar con un único vehículo por inmueble cuyo domicilio fiscal no sea ninguno de los cinco municipios de la isla. Este procedimiento estará disponible próximamente en la página web que se hablitará a tal efecto.
Si viene un familiar a visitarme, y lo hace con su coche, ¿deberá pedir autorización?
Sí, los familiares de residentes en la isla, que decidan viajar Ibiza con su coche, deberán solicitar permiso y abonar la correspondiente tasa a través de los medios telemáticos que se habilitarán a tal efecto.
¿Puedo venir a Ibiza con mi moto?
Sí, las motos no necesitan pedir autorización.
Por mi trabajo, suelo desplazarme regularmente a la isla de Ibiza, y lo hago con mi vehículo. ¿Podré seguir haciéndolo?
Sí, si se es residente en las islas Baleares: la Ley prevé que queden exentos de la necesidad de pedir autorización los vehículos cuyos titulares sean personas residentes en la isla de Formentera, Menorca o Mallorca que acrediten la necesidad habitual de desplazarse a la isla por razones laborales.
Y esta ley, ¿no encarecerá el envío y recepción de productos y bienes a la isla?
No, estan exentos de pedir autorización aquellos vehículos distribuidores de bienes y mercancías así como de distribución comercial.
Si mi vehículo es eléctrico, ¿debo pedir autorización?
Sí. Esta Ley nace de la necesidad de regular la saturación puntual que padecen nuestras principales vías durante los meses de verano, por tanto inicialmente no se tiene en cuenta el tipo de etiqueta del vehículo.
Soy residente en Ibiza y tengo una caravana con domicilio fiscal en la isla. ¿Tengo que hacer algo?
No. Como el resto de vehículos, los residentes fiscales en Ibiza están exentos de cualquier trámite.
Y un turista, ¿puede entrar en la isla con la caravana?
Solamente si tiene una reserva activa en algún sitio legalmente habilitado para la acampada, es decir, los cámpings.
¿Puedo alquilar mi vehículo en plataformas colaborativas?
No. La comercialización está totalmente prohibida, si no se es un rent-a-car. De detectarse este fraude, el comercializador se enfrenta a multas que pueden alcanzar los 30.000 euros.
Si mi destino final es la isla de Formentera, y hago tránsito en la isla de Ibiza, ¿debo pedir autorización y pagar la correspondiente tasa?
No. Todos aquellos vehículos que estén en tránsito en la isla de Ibiza pero cuyo destino final sea la isla de Formentera, tienen derecho a permanecer un máximo de 24 horas en la isla sin necesidad de hacer ningún trámite.
Si tienes dudas contacta
En caso de otras dudas o preguntas concretas, se pueden hacer llegar a través del servicio de atención de la OAMR: por teléfono y Whatsapp en el 971 19 59 06 o por correo electrónico en oamr@conselldeivissa.es.
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