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Cédula de Habitabilidad

La Cédula de Habitabilidad es el documento que acredita que una vivienda cumple con los requisitos mínimos legales de salubridad, seguridad y habitabilidad exigidos por la normativa vigente. En las Islas Baleares, es necesaria para poder alquilar, vender o dar de alta suministros como agua o electricidad. Existen distintos tipos de cédula: de primera ocupación, de renovación, de carencia y duplicado, dependiendo del estado y antigüedad del inmueble. Este trámite es obligatorio para garantizar que las viviendas ofrecidas en el mercado sean espacios adecuados para vivir. La solicitud debe presentarse acompañada de documentación técnica, acreditativa de la propiedad, planos y fotografías firmadas por un técnico competente, entre otros requisitos. Su validez es de 10 años y debe renovarse para poder seguir utilizando la vivienda legalmente. En Ibiza, este trámite permite también un mayor control sobre el parque inmobiliario existente y evita el uso de viviendas no aptas. Es un procedimiento sencillo si se cuenta con toda la documentación adecuada y un profesional que certifique las condiciones del inmueble.

Documentación Necesaria

Nombre documento
Solicitud + DNI/NIE
Título acreditativo de propiedad (nota simple actualizada)
Fotografías firmadas por técnico y Plano de emplazamiento
Fotocopia o Cédula Anterior ( En caso de Renovación)
Resguardo de tasa
Datos catastrales (en suelos rústicos)
Certificados específicos según el tipo de cédula

Casos Aplicables

Alquiler o venta, Alta de servicios (agua, luz, etc.), Viviendas nuevas, ampliadas o rehabilitadas, Viviendas anteriores a 1987 sin cédula previa, Solicitud de duplicado

Requisitos

Requisito Texto
La vivienda o local debe cumplir con los requisitos exigibles según el Decreto 145/1997.
Aplicable para: primera ocupación, renovación, carencia o duplicado.
No tener obras posteriores al final de obra que alteren distribución en más del 60% (para carencia).
No tener abierto ningún expediente de infracción urbanística

Observaciones

La cédula es obligatoria para cualquier alta de suministros, venta o alquiler de vivienda, incluso aunque se trate de inmuebles antiguos. En suelos rústicos puede requerirse documentación adicional vinculada al planeamiento específico. Es recomendable consultar en el ayuntamiento correspondiente si existen condiciones particulares.

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