Para la Legalización extraordinaria de viviendas en suelo rústico en la Isla de Ibiza, en base a la Ley 7/2024, de 11 de diciembre, de medidas urgentes de simplificación y Racionalización administrativas de las administraciones públicas de las Islas Balears, publicada en el Boletín Oficial de les Illes Balears número 162 de 13 de diciembre de 2024, establece, en su disposición adicional séptima, un procedimiento de legalización extraordinaria de edificaciones, construcciones, instalaciones y usos existentes en suelo rústico.
Dicha norma confiere a los ayuntamientos la facultad de establecer requisitos adicionales en materia de integración estética, eficiencia energética e hídrica y regulación de usos permitidos:
Sant Josep de Sa Talaia, Santa Eularia des Riu, y Sant Antoni de Portmany y Sant Joan de Labritja, en referencia a la regulación del procedimiento de legalización extraordinaria debe aportar una serie de medidas conforme a criterios que garanticen la preservación del paisaje rural y minimicen el impacto ambiental.
Dichas medidas en términos generales para estos ayuntamientos son:
1.-Retirada de todos los elementos que contengan amianto
2.-Todos los cerramientos de la parcela, incluidos los de las edificaciones y construcciones, que presenten acabados vistos de ladrillo, bloque de hormigón o materiales similares, deberán ser enfoscados y pintados o revestidos con piedra
3.-El pavimento o revestimiento de las terrazas y cubiertas de las construcciones a legalizar deberá tener un acabado en tonos ocres, marrones, beiges o similares— o bien en color blanco.
4.-Deberán emplearse materiales naturales o de estética tradicional, como madera, hierro forjado o cerámica, evitando el uso de plásticos, lonas o materiales reflectantes.
5.-Será obligatoria la instalación de un sistema de captación y reutilización de aguas pluviales con un depósito mínimo de 5.000 litros. Dicho depósito no computará a efectos de edificabilidad ni de ocupación si está enterrado.
6.-Las aguas residuales deberán ser tratadas mediante un sistema de depuración conforme con lo dispuesto en el Plan Hidrológico de las Illes Balears.
7.-Se eliminarán ajardinamientos con especies tropicales o de alto consumo hídrico.
Deberán utilizarse especies autóctonas y de estética mediterránea, acordes con el paisaje tradicional ibicenco.
Será obligatoria la implantación de sistemas de riego eficiente (goteo, riego subterráneo o similares) para minimizar el consumo hídrico.
8.-En caso de requerir iluminación, esta deberá ser indirecta y proyectada desde el propio edificio con sistemas de luz cálida y controlada mediante sensores de encendido y apagado.
La iluminación exterior deberá ser de tipo LED con sensor de movimiento, evitando la contaminación lumínica hacia el cielo nocturno.
Se prohíbe la instalación de publicidad exterior independiente de la edificación, como vallas publicitarias, monopostes o cualquier otro elemento aislado del inmueble donde se desarrolle la actividad.
Los colores utilizados en los rótulos deberán armonizar con la carta cromática del entorno, prohibiéndose los tonos fluorescentes, metalizados o excesivamente llamativos.
Se prohíbe el uso de rótulos luminosos, pantallas electrónicas o cualquier otro sistema de iluminación directa de la señalización.
9.-Con el fin de minimizar el impacto ambiental y fomentar la autosuficiencia energética de las edificaciones en suelo rústico, se establece la obligatoriedad de instalar sistemas de energía solar fotovoltaica
Cuando el uso de una edificación implique el desarrollo de una actividad sujeta a la Ley 7/2013, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividades en las Illes Balears, el proyecto técnico de legalización deberá incorporar el correspondiente proyecto de actividades.
Tipo de normativa: Autorización ambiental
Requisitos
- Cisterna de aguas pluviales.
- Retirada de elementos de amianto.
- Sistema de depuración de aguas residuales.
- Colaboración de energías renovables.
- Enlucido y pintado de muros de bloque o ladrillo.
- Eliminación de jardines tropicales.
- Control de iluminación de baja intensidad en exteriores.
Casos Aplicados: Los requisitos deben de completar la situación de las viviendas que se encuentran en la situación de fuera de ordenación y precisan acogerse a la normativa Para la Legalización extraordinaria de viviendas en suelo rústico en la Isla de Ibiza, en base a la Ley 7/2024, de 11 de diciembre, de medidas urgentes de simplificación y Racionalización administrativas de las administraciones públicas de las Islas Balears.
Documentación Necesaria
- Medidas adicionales de Santa Eulària des Riu.



