La normativa sobre vallado de fincas rústicas en Ibiza y Formentera tiene como objetivo preservar el paisaje, la biodiversidad y la coherencia territorial. Solo se permiten cerramientos tradicionales, como los muros de piedra seca o las vallas tipo cinegético (alambre con postes de madera), evitando así el uso de materiales como bloques de hormigón, ladrillo o alambre de espino que alteran visualmente el entorno. Las vallas deben tener una altura máxima de un metro y respetar la morfología natural del terreno. En algunos casos excepcionales, como prevención de inundaciones o protección de cultivos, se pueden valorar alternativas justificadas. La solicitud debe ir acompañada de planos, croquis, datos del propietario y empresa ejecutora, así como del presupuesto de obra. Esta normativa es clave para asegurar que el desarrollo rural y agrícola sea compatible con la conservación del paisaje de Ibiza, y su cumplimiento contribuye a evitar impactos visuales o ambientales irreversibles en el entorno.
Tipo de normativa: Vallada de fincas
Requisitos
- Solo se permiten cerramientos tradicionales (piedra seca o valla cinegética).
- Altura máxima: 1 metro.
- Prohibido el uso de alambre de espino, ladrillo, bloques, hormigón, etc.
Casos Aplicables: Fincas rústicas y tradicionales en Ibiza o Formentera, Rehabilitación o mantenimiento de muros de piedra, Casos especiales con justificación (inundaciones, canalización…).
Documentación Necesaria
- Solicitud de licencia.
- Referencia catastral o IBI.
- Plano y croquis.
- Datos de la empresa constructora.
- Presupuesto.
- Pago de tasas.



